DECRETO # 64

LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA

FUNDAMENTO LEGAL

I.-      La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 115 que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa; que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su Patrimonio conforme a la Ley y define la facultad de las Legislaturas de los Estados para aprobar las Leyes de Ingresos de los municipios y revisar sus Cuentas Públicas.

II.-     La Constitución Política del Estado de Zacatecas otorga a la Legislatura en el artículo 65, como una facultad y obligación, la de revisar y resolver sobre las Cuentas Públicas del Gobierno Estatal, de los Municipios y de sus entes públicos paraestatales y paramunicipales, correspondientes al año anterior para verificar los resultados de su gestión y el cumplimiento de las metas fijadas en los programas y proyectos de los presupuestos de egresos.

III.-    La Ley Orgánica del Poder Legislativo, concede a la Legislatura en analogía a las disposiciones constitucionales, la facultad de revisar la Cuenta Pública de los ayuntamientos y verificar los resultados de su gestión financiera, utilización del crédito y el cumplimiento de las metas fijadas en los programas operativos y proyectos de los presupuestos de egresos, facultad que se cristaliza en la fracción IV del artículo 22.   Sustentar la función fiscalizadora del Poder Legislativo, le permite evaluar las decisiones municipales con una perspectiva genuinamente social.

RESULTANDO PRIMERO.- En cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y Ley Orgánica del Municipio, el H. Ayuntamiento Municipal de Cuauhtémoc, Zacatecas, presentó en tiempo y forma a la Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2005 y fue turnada   por la Comisión de Vigilancia a la Auditoría Superior del Estado el día 8 de marzo de 2006, a fin de que procediera a la revisión operativa y remitiera a esta Asamblea Legislativa el correspondiente informe de resultados.

RESULTANDO SEGUNDO.- La Auditoría Superior del Estado, en fecha 4 de agosto de 2006, hizo llegar a esta Legislatura, el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública del Municipio de Cuauhtémoc, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2005.

En el citado documento, se contiene el proceso de revisión, la auditoría a la gestión financiera con los conceptos de Ingresos, por un monto total de $ 25'314,418.53 (VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS 53/100 M.N.), que se integran por el 68.28% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública; 26.43% de Aportaciones Federales del Ramo 33, y 5.29% de Otros Programas y Ramo 20.

De igual manera, la fiscalización incluyó el concepto   de Egresos con el presupuesto ejercido, por un monto de $25'340,791.93 (VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 93/100 M.N.), integrados por un 61.91% de Gasto Corriente y Deuda Pública, un 5.71%de Obra Pública; un 26.83% de Aportaciones Federales Ramo 33, y un 5.55% de Otros Programas y Ramo 20.

 

RESULTADO DEL EJERCICIO:

El municipio registró como resultado del ejercicio 2005 un déficit por el orden de $26,373.40 (VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 40/100 M.N.).

RESULTANDO TERCERO.- La fiscalización al municipio de Cuauhtémoc, Zacatecas, incluyó la supervisión de actualización del patrimonio municipal; la deuda pública contratada; la proyección financiera para su amortización, y la revisión a la obra pública, destacando lo siguiente:

El saldo de adeudos al final del ejercicio ascendió a la cantidad de $2 ' 240,322.67 (DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 67/100 M.N.).

El municipio presentó un aumento en sus pasivos del 11.94% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido a la contratación de Deuda con Gobierno del Estado por un monto de $1 ' 556,067.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SESENTA Y SIETE PESOS M.N.).

El municipio no exhibió documento que avalara la autorización de la Legislatura del Estado para la contratación del préstamo, no obstante, se comprobó el apego al porcentaje establecido en la Ley de Deuda Pública del Estado y Municipios.

El municipio presentó su Plan de Desarrollo Municipal para el trienio 2004-2007 y el Programa Operativo Anual para el ejercicio 2005.

El monto proyectado para la Ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $830,000.00 (OCHOCIENTOS TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.),   habiéndose ejecutado al final del ejercicio un monto de $1 '166,749.03 (UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS 03/100 M.N.), lo que representa un sobre ejercicio del 40.57% de los recursos programados.

Las ocho obras Programadas, se reportan terminadas.   Durante el ejercicio fiscal se realizaron modificaciones presupuestales a varias obras, incrementando el monto total programado, mismas que fueron debidamente autorizadas por el Cabildo, por lo que se observa cumplimiento en su ejecución.

 

ALCANCE DE LA REVISIÓN :

Concepto Revisado

Porcentaje de Revisión

Ingresos

93.18 %

Egresos

35.81 %

Obra Pública

54.68 %

 

EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO:

A fin de evaluar el cumplimiento de metas y objetivos programados, conocer el grado de cumplimiento de la normatividad vigente, y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales, se establecieron los indicadores siguientes:

 

INDICADORES FINANCIEROS:

Clasificación

Indicador

Resultado

Administración

de Efectivo

Liquidez

No cuenta con liquidez para el pago de sus obligaciones a corto plazo.

Administración

de Pasivo

Solvencia

Cuenta con un nivel no aceptable para cumplir con sus obligaciones a largo plazo

Administración

de Ingresos

Autonomía

Financiera

Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 87.54 %.

 

Administración

Presupuestaria

Proporción

del Gasto

de Operación

El Gasto de Operación representó el 58% respecto del gasto total ejercido

 

Índice de

Tendencias

Capítulo 1000

La nómina presentó decremento de 5% respecto del ejercicio anterior

 

Proporción de

Gasto en

nómina sobre

Gasto de Operación

El gasto en nómina representó el 65% del total del gasto de operación

 

Resultado

Financiero

Presenta grado no aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos

 

INDICADORES NO FINANCIEROS:

El municipio de Cuauhtémoc, Zacatecas cumplió en forma aceptable en 88.60% la entrega de documentación Presupuestal, Comprobatoria, Contable Financiera, de Obra Pública, y de Cuenta Pública Anual que prescribe la Constitución Política del Estado, la Ley de Fiscalización Superior del Estado y la Ley Orgánica del Municipio.

El resultado de la auditoría derivó en la promoción de   17 acciones, de las que 11 fueron preventivas y 6 correctivas.

El Informe de Resultados, que para los efectos del dictamen correspondiente se consideró como anexo, contiene igualmente el señalamiento del plazo legal para que las autoridades municipales, solventaran las observaciones determinadas.   

RESULTANDO CUARTO.- Concluido el plazo legal otorgado de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, la Auditoría Superior presentó mediante oficio núm. PL-02-07/2663/2007 de fecha 12 de octubre de 2007, Informe Complementario derivado del plazo de solventación de la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2005 del municipio de Cuauhtémoc, Zacatecas.

RESULTANDO QUINTO.- Recibido para su trámite Constitucional, se turnó a las Comisiones Legislativas competentes, las que procedieron al análisis de los procedimientos de auditoría, la correcta observancia y aplicación de la normatividad aplicables, y la justificación o subsistencia de las observaciones formuladas, obteniendo como consecuencia el siguiente resumen.

TIPO DE ACCIÓN

DETERMINADAS

EN REVISIÓN

SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES

Cantidad

TIPO

Acciones

Correctivas

 

Solicitud de

Intervención del

Órgano Interno

de Control

5

5

0

Órgano Interno de Control

 

Subtotal

5

5

0

0

Acciones

Preventivas

 

Recomendación

10

1

9

Recomendación

 

Subtotal

10

1

9

9

TOTAL

15

6

9

9

 

SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES:

1.-     La Auditoría Superior del Estado solicitará la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer de sistemas de control y de supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, honradez y economía para el cumplimiento de los objetivos a que están destinados.

2.-      La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes, la promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas resultadas de la Acción a Promover 05-08- 012 a los CC. Ing. Ángel Ruiz Zapata e Ing. Francisco Reyes García, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, por la reincidencia en no llevar a cabo el procedimiento de adjudicación de obras, establecido en la normatividad aplicable, infringiendo la Ley de Obras Públicas en sus artículos 26 y 30 párrafo segundo; 159 de la Ley Orgánica del Municipio, y 23 del Presupuesto de Egresos del Estado.

3.-     En el mismo tenor, la Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades de Naturaleza Administrativa, resultadas de la Acción a Promover 05-08- 004 a quienes se desempeñaron por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 como Regidores del Ayuntamiento, por autorizar modificación al Presupuesto, asignando más recursos a la partida de -gratificaciones de fin de año- con la finalidad de otorgarse un bono, incumpliendo con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 50 fracción IV, 180 de la Ley Orgánica del Municipio y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se

 

DECRETA

PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas, SE APRUEBAN, los movimientos financieros correspondientes a la Cuenta Pública del Municipio de Cuauhtémoc, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2005.

SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que emita PLIEGOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, en los términos señalados en el apartado de Seguimiento de Acciones del presente Instrumento Legislativo, del cual deberá dar puntual seguimiento e informar con oportunidad a la Legislatura del Estado para los efectos de su competencia Constitucional.

TERCERO.- La aprobación de la Cuenta Pública del Municipio de Cuauhtémoc, Zacatecas, relativa al ejercicio fiscal de 2005, deja a salvo los derechos y responsabilidades que competa ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros federales, así como de aquellos –propios y/o transferidos- no considerados en la revisión aleatoria practicada a la Cuenta Pública del señalado ejercicio fiscal.

CUARTO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que dé seguimiento a las RECOMENDACIONES de carácter administrativo que fueron determinadas a la entidad fiscalizada y al programa de capacitación para funcionarios municipales, que comprenda los conceptos que por ley tienen bajo su responsabilidad.

ARTÍCULO TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

 

COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN .

 

D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los once días del mes de diciembre del año dos mil siete.

 

  PRESIDENTE

DIP. LEODEGARIO VARELA GONZÁLEZ

 

SECRETARIO

SECRETARIO

DIP. AVELARDO MORALES RIVAS

DIP. MANUEL DE JESÚS GARCÍA LARA